El bloque de juntos para el Cambio UCR hizo presentación de un proyecto de comunicación dirigido al Ejecutivo Municipal para que exima de pago de las tasas municipales a los sectores mas afectados por la crisis sanitaria y la pandemia.
El proyecto textualmente dice así:
VISTO: La prórroga producida por el cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” emergente de la pandemia provocada por el coronavirus (COVOD-19), la que se ha extendido hasta el 10 de mayo del corriente inclusive,
Y CONSIDERANDO: Que en virtud del dictado de la cuarentena nacional, y aún antes de ella, los pequeños comercios, autónomos, monotributistas y trabajadores informales, se vieron afectados significativamente en la faz económica y vieron morigerados significativamente sus ingresos, sin tener otra fuente de provisión de los mismos, ni contrato de vinculación permanente;
Que respecto a los trabajadores informales, el Gobierno Nacional dispuso un incremento a las AUH, y asignaciones por maternidad, que junto otras disposiciones y acciones directas de ayuda de parte los estados nacional, provincial y municipales contribuyen a paliar la grave situación que aqueja a toda la población y en particular éstos sectores más vulnerables;
Que como resulta de público y notorio conocimiento, la situación planteada se remonta al menos hacia inicios del mes de Marzo de 2020 con el deterioro del intercambio comercial y la afección de la economía en general;
Que el Poder Ejecutivo Nacional dicto el Decreto de Necesidad y Urgencia 297/2020 que dispuso la CUARENTENA TOTAL Y OBLIGATORIA en todo el territorio de la nación.
Que la velocidad en el agravamiento de la situación epidemiológica a escala internacional, requiere la adopción de medidas inmediatas para hacer frente a esta emergencia.
Que como derivación de este aislamiento, la población se ve imposibilitada de cumplir en tiempo y forma con el pago de sus Tasas, Contribuciones e Impuestos en el orden municipal.
Que, como consecuencia de ello, muchas actividades no fueron incluidas en las excepciones, obligadas a no poder desarrollar su actividad y por lo tanto privándose de los recursos para cubrir sus gastos fijos y el sustento de sus titulares.-
Que en virtud de dicha problemática el gobierno nacional dispuso diversas medidas para paliar la situación económica de los sectores productivos, comerciales y autónomos que no reciben ayuda directa por parte del Estado en ésta crisis.-
Que en consonancia con ello, y en el marco de la presente situación, resulta imperante que nuestro municipio realice su aporte pertinente para morigerar los efectos de la crisis sobre los sectores productivos, comerciales y autónomos que ven imposibilitado de llevar a cabo sus tareas cotidianas, y por lo tanto de obtener ingresos.-
Que en igual sentido, se debe tener en cuenta, que los sectores que se pretende beneficiar por la presente, no reciben ayuda o beneficio alguno por parte del poder público, y se han visto obligados cerrar sus comercios, lugares de atención o suspender sus tareas cotidianas, realizando un verdadero sacrificio especial en favor del bien común.-
Por lo anteriormente expuesto, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Alvarado en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades sanciona la siguiente
COMUNICACIÓN
Artículo 1º : Solicítese al Departamento Ejecutivo Municipal , tenga bien redactar un proyecto, que modifique la ordenanza impositiva 2020, tal cual sus facultades, proponiendo la eximición en el pago de las TASAS de Servicios Generales y Tasas comerciales , a todos las actividades comerciales, sectores autónomos y monotributistas que por disposición de los poderes públicos Nacional, Provincial y/o Municipal, no pudieran continuar prestando los servicios cotidianos, por no haber sido considerados esenciales por dichos poderes y no haber obtenido una excepción o habilitación especial para continuar su funcionamiento, por el plazo que dure el Aislamiento y la restricción de continuar con sus actividades comerciales.
Artículo 2º. Diferir de los plazos de presentación de las diferentes obligaciones de información, declaraciones juradas y requerimientos fiscales hasta que se termine el aislamiento obligatorio.-
Artículo 3º: Dirigirse al Poder ejecutivo Provincial y a la Legislatura de la provincia de Buenos Aires, para que arbitre los medios necesarios para dictar la norma legal pertinente para eximir de Ingresos Brutos a dicho sector poblacional.-