Tras más de tres décadas de control estatal, el Ejecutivo derogó la norma que obligaba a los institutos privados a informar y solicitar autorización previa para modificar matrículas y cuotas. Los colegios podrán ajustar los valores según sus costos y condiciones de mercado.
El Gobierno Nacional retomó su agenda desreguladora y este martes le tocó a la educación. A través de un decreto, el 787/25, el presidente Javier Milei derogó un decreto anterior, el 2417, que data de 1993 y que tenía como objetivo establecer una serie de pautas para las escuelas privadas. Podría impactar en el precio de las cuotas del ciclo lectivo 2026.
Concretamente, la norma derogada obligaba a los institutos privados de enseñanza a “informar fehacientemente por escrito a los padres o responsables de los alumnos, antes del 31 de octubre de cada año” los montos a pagar respecto de la matrícula de inscripción y de las cuotas. También les pedía que se informen esas tarifas, antes del 30 de noviembre, a las autoridades estatales.
En aquel entonces, el decreto firmado por Carlos Menem y Domingo Cavallo hablaba de la necesidad “establecer pautas respecto de los aranceles anuales del contrato de enseñanza” y de “ejercer un efectivo control en resguardo de los derechos de los padres o responsables de los alumnos sobre eventuales variaciones de los valores arancelarios”.
En cambio, la administración libertaria consideró que estas obligaciones para las instituciones de educación privada eran “contraproducentes”. “El requerimiento de los establecimientos de enseñanza de gestión privada de comunicar los montos de matrícula y de las cuotas con anticipación considerable, junto con la obligación de obtener la autorización estatal previa para modificar dichos valores, crea una situación de incertidumbre económica para los institutos, que suelen fijar cuotas más elevadas de lo necesario por temor a enfrentar costos que no puedan ser cubiertos sin aprobación estatal“, reza el decreto de hoy.
De esta manera, el Gobierno Nacional decidió derogar el Decreto 2417/93. Esto significa que a partir de ahora, las escuelas privadas no están obligadas a informar con anticipación el valor de la cuota o la matrícula ni tampoco deberán contar con autorización antes de actualizar sus tarifas.
Cabe aclarar que esta modificación solo alcanza a las instituciones de educación pública de gestión privada sin aportes estatales que son, aproximadamente, 2000, el 6% del universo de las escuelas privadas.










