
A poco de comenzar una nueva temporada de verano en Miramar, el caso de Natalia Melmann llega a la memoria de todos.
Hace poco se recibió la noticia de que se anuló la absolución del ex sargento Ricardo Panadero y ordenaron hacer un nuevo juicio. “Estamos muy conformes. Desestima la sentencia completamente, da acuso a la figura de femicidio. Es un fallo que es para Natalia, pero que genera jurisprudencia. Lástima que ha pasado tanto tiempo, él está libre, sigue trabajando», dijo Gustavo Melmann.
“El Argentino Digital” te pasa un reconteo de todo lo que sucedió con este caso que marcó un antes y un después no solo en la ciudad, sino también a nivel nacional.

El 4 de febrero de 2001 la torturaron, la violaron y la asesinaron. Tenía 15 y fue secuestrada por un grupo de policías de la Bonaerense a la salida de un boliche. En el cuerpo de la adolescente, había rastros genéticos de cinco personas. El juicio oral se llevó a cabo en septiembre y octubre de 2002. Los jueces Enrique Ferraris, Reinaldo Fortumato y Rodolfo Guimarey condenaron a Ricardo Suárez, Oscar Echinique y Ricardo Alsemini a reclusión perpetua.
El 18 de febrero de 2001 esto publicaba La Nación
https://www.lanacion.com.ar/sociedad/la-coartada-de-fernandez-no-se-puede-sostener-nid52792
Según la reconstrucción, fueron ellos tres los que la llevaron hasta una casa el barrio de Copacabana, en las afueras de la ciudad donde después de golpearla y abusar de ella durante horas, la asesinaron con el cordón de una de sus zapatillas. Por otra parte, el «Gallo» Fernández recibió una pena de 25 años como partícipe necesario de la privación ilegítima de la libertad, pero fue absuelto por el homicidio. Los jueces pidieron la investigación de Ricardo Panadero, del Comisario Grillo por encubrimiento, y del oficial Morra por adulteración de documento público.

Noticia del 12 de marzo de 2001 publicada por el diario La Nación
https://www.lanacion.com.ar/sociedad/caso-melmann-a-natalia-la-violaron-antes-de-asesinarla-nid55609
Melmann apeló a Casación de La Plata para pedir la nulidad del juicio. Con respecto a las penas de los primeros tres condenados, estuvieron en revisión durante tres años y medio. Después, se confirmó la cadena perpetua y redujeron la pena de Fernández a ocho años, cambiando a la categoría de rapto. La causa llegó a la Corte Suprema de la provincia de Buenos Aires y a la Suprema Corte de la Nación.
Noticia del 16 de febrero de 2001 publicada por el diario Clarin
https://www.clarin.com/sociedad/asesinato-conmovio-miramar_0_Hy-fAulAKl.html
Los condenados pidieron salidas transitorias. La Cámara de Casación de la Plata, integrada por los Jueces Mancini y Natiello ordenó que cumplan la sentencia de 25 años y la Cámara de Mar del Plata les otorgó el beneficio de las salidas laborales y transitorias hasta que no quedara firme por la Suprema Corte de la Provincia.
Una entrevista de Página 12 a un investigador encubierto
https://www.pagina12.com.ar/2001/01-09/01-09-07/pag19.htm
Con respecto a Panadero, el Tribunal Oral en lo Criminal Número 4 absolvió por unanimidad al exsargento, acusado por las torturas, la violación y el asesinato de Natalia. Los jueces desestimaron pruebas como el ADN positivo del vello púbico que había sido hallado en el cuerpo de la joven durante la autopsia.
Para los jueces Jorge Peralta, Juan Manuel Sueyro y Fabian Riquert, que dictaron el fallo no había prueba de cargo suficiente, por lo que la absolución era lo que correspondía, dijeron que el resultado de la pericia de ADN era inconcluyente. La familia apeló y pidió la nulidad del juicio.

El 13 de marzo de 2008 y el revés del gobierno local a la familia Melmann. PAGINA 12
https://www.pagina12.com.ar/diario/ultimas/20-100624-2008-03-13.html
Esas vidas que se fueron, en medio de fallos judiciales, abogados y reclamos, atravesaron un nuevo capítulo: la Sala III del tribunal de Casación Penal resolvió revocar la absolución a Ricardo Panadero.

Ahora quedará definir si los abogados de Panadero apelan a esta resolución y qué definen las instancias superiores. Si se reafirma esta decisión, podrían realizar un nuevo juicio por los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada por el uso de violencia, abuso sexual agravado por acceso carnal y por el concurso premeditado de más de dos personas y por homicidio doblemente agravado por haberse cometido para lograr la impunidad de los coautores de un delito anterior.