Cuatriciclos: Entró en vigencia la licencia de conducir

Pinamar, Villa Gesell, Gral.Alvarado, Monte Hermoso y otros municipios de la provincia de Buenos Aires, sancionaron ordenanzas de corredores seguros, ya que entre el año 2001 y el año 2018 se registraron al menos 32 personas muertas al operar cuatriciclos en zonas turísticas durante vacaciones o feriados. De los 32 muertos, 21 eran menores de edad. De esas muertes, 18 se produjeron en territorio bonaerense en la zona de la costa atlántica. Y de esas 18 muertes, 12 eran de menores de edad (cuyas edades comprendían entre 4 y 16 años). Cabe destacar que, los siniestros viales, es la principal causa de muerte de niños, niñas, adolescentes y adultos jóvenes en la Argentina. El mes pasado, el Ministerio de Transporte lanzó una campaña para controlar, de forma coordinada con municipios y la Provincia, que se cumpla con la nueva normativa de tránsito que establece que los cuatriciclos tendrán que respetar las zonas de circulación seguras, determinadas y señalizadas por cada municipio. Se trata de una acción positiva, aunque nos genera preocupación lo que está sucediendo con el presupuesto destinado a la seguridad vial.

A los Padres: Prudencia, recordar que los cuatriciclos son verdaderos vehículos automotores con sus peligros inherentes. Tomar conciencia del peligro. No permitir su uso a menores de 17 años. Los accidentes con cuatriciclos generan graves lesiones e incluso la muerte del conductor, del acompañante o de terceros.

Recomendaciones:

A los Usuarios de Cuatriciclos: Prudencia y respeto a la normativa legal vigente, la cual fue pensada para proteger a los usuarios de cuatriciclos y a los peatones. Operar los vehículos utilizando los elementos de seguridad (casco normalizado, protección visual, pechera de protección, calzado adecuado, y antena con banderín rojo), respetando el número máximo de plazas admitidas, y solo en las zonas permitidas.

A las Autoridades: Las jurisdicciones locales son quienes tienen la mayor responsabilidad ya que son la autoridad de aplicación y comprobación de la Ley Nacional de Transito N° 24.449 (art. 2° de la norma citada). Concurren con ella las autoridades provinciales y nacionales en la materia. Hacer cumplir y respetar la ley, no permitiendo ni tolerando la circulación de cuatriciclos por fuera de las zonas permitidas. Aplicar especial control sobre las empresas de alquiler de cuatriciclos.